Legisladores oaxaqueños a través de una iniciativa impulsada por la diputada Elisa Zepeda Lagunas, reformaron el artículo 241 Ter del Código Penal del Estado de Oaxaca, para castigar el acoso hasta cuatro años de prisión definido como quienes utilicen expresiones verbales o gestuales, así como silbidos con intención de violentar y acosar a las personas.

Los diputados expresaron que el delito de acoso con silbidos y piropos se castigará con prisión de dos y hasta cuatro años, y multa de 100 a 200 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización.

Además, la pena aumentará hasta en una tercera parte cuando se cometa por dos o más personas, y cuando exista seguimiento y persecución.

El ordenamiento legal modificado especifica que, si el acoso se comete contra una persona menor de 18 años o con alguna discapacidad, se procederá contra el responsable a petición de parte. Cuando por cualquier causa, la víctima no pueda resistirse, el delito se perseguirá de oficio.

Si el acosador es servidor público, y se vale de medios o circunstancias que el encargo le proporcione para cometer el ataque, además de las penas previstas en el Código Penal Estatal, se le destituirá del cargo o empleo.

Aumentan 200 por ciento delitos sexuales en la entidad

De acuerdo con el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en Oaxaca el número de delitos sexuales se incrementó en un 200 por ciento en los últimos tres años.

Asimismo, se estima que en el estado al menos dos de cada diez mujeres han sufrido algún tipo de acoso sexual callejero, mientras el 10.1 por ciento de hombres entrevistados manifestaron haber sufrido una situación de violencia sexual en la calle, el 27.2 por ciento de mujeres enfrentaron este tipo de violencia (INEGI).

En la entidad, la violencia sexual ocupa el segundo lugar en las agresiones más frecuentes hacia mujeres, sólo después de la violencia familiar, según cifras oficiales.