Frente a la creciente violencia que vivimos, no solamente en nuestro país sino en todo el mundo, no sorprende que el ámbito laboral no haya estado exento, mediante las diversas manifestaciones de acoso laboral o mobbing

El acoso laboral está muy presente en una cultura como la nuestra, tan proclive a las bromas pesadas y de mal gusto entre compañeros de trabajo, abuso de autoridad de los superiores, explotación, discriminación, misoginia, acoso sexual, disparidad en los salarios y demás condiciones desfavorables de trabajo que no sólo afectan al trabajador violentado, sino a toda una corporación. 

Así, es importante señalar que todas las formas de acoso antes mencionadas, llevan como intención principal la de humillar y afectar al trabajador, de manera que tanto su autoestima como su desempeño laboral se vean afectados de una u otra forma, ya sea con el ánimo de obligarle a salir de la corporación, acceder a algún tipo de favor sexual, desplazarlo o aislarlo de su equipo de trabajo. 

Para efectos jurídicos, es relevante que las conductas del acosador sean de carácter sistemático, es decir, reiteradas, por lo que un hecho aislado no podrá considerarse como acoso laboral o mobbing.

Afortunadamente, cada vez más empresas están preocupadas por el bienestar de su capital humano y, por ende, cuentan con vías de denuncia interna, mismas que derivan en investigaciones que se desarrollan con toda seriedad, secrecía y profesionalismo, sancionando con toda severidad a sus perpetradores. 

Aunado a lo anterior, no olvidemos que la legislación laboral mexicana tiene como prioridad la de proteger a los trabajadores y sus derechos, por lo que, en caso de no contar con el apoyo del empleador, ni los medios de denuncia idóneos, se podrá acudir a las autoridades del trabajo, como son la Secretaría de Trabajo y Previsión Social y las Juntas de Conciliación y Arbitraje e incluso, a la vía penal de ser necesario.  

Cambios para evaluar la psicología de los empleados

En esta tesitura, el próximo 23 de octubre, entrará en vigor la Norma Oficial Mexicana NOM-035-STPS-2018, relativa a los Factores de Riesgo Psicosocial en el Trabajo, la cual tiene como objetivo promover un entorno organizacional favorable y será aplicable a todos los centros de trabajo.

Con esta norma, todos los patones estarán obligados a evaluar a sus trabajadores psicológicamente para prevenir temas de estrés laboral, cargas excesivas de trabajo, descuido al entorno familiar, acoso en todas sus vertientes, entre otros. De lo contrario, serán acreedores a multas de hasta $423,000.00 pesos. 

Sin duda, este es un gran paso para prevenir el acoso laboral y proveer condiciones idóneas a todos los trabajadores, para lograr su mejor potencial y desempeño.

© D.R. Mariana Gallegos, 2019.