El acoso laboral o mobbing (del inglés ‘asediar’, ‘acosar’, ‘acorralar en grupo’) es la acción de uno o varios hostigadores para producir miedo, terror, desprecio o desánimo en un trabajador afectando su trabajo, así como el efecto o la enfermedad que produce en el afectado.

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) lo define como: “la acción verbal o psicológica de índole sistemática, repetida o persistente por la que, en el lugar de trabajo o en conexión con el trabajo, una persona o un grupo de personas hiere a una víctima, la humilla, ofende o amedrenta”.

En México, la Ley Federal del Trabajo, en el artículo 3 Bis, se refiere al hostigamiento y agrega otros elementos:

a) Que el tipo de hostigamiento es vertical descendente en el ámbito laboral y,

b) Que se expresa en conductas verbales, físicas o ambas.

Te presentamos algunas formas de acoso laboral o mobbing

  • Bloquear el desarrollo profesional, ascensos o capacitaciones.
  • Ridiculizar su trabajo. Criticar, ningunear, ignorar o desestimar su esfuerzo, sus aportaciones e ideas.
  • Ataques directos hacia la religión de la víctima, sus ideales o sus convicciones.
  • Gritos o insultos, que pueden ser en solitario o en presencia de otras personas.
  • Discriminación. Tratarlo de manera diferente a los otros empleados, con miras a estigmatizarlo.
  • Retrasar sus vacaciones o permisos por ausencia sin razón alguna.
  • Asignarle proyectos con plazos y metas imposibles de alcanzar.
  • Sobrecargar selectivamente con una excesiva carga de trabajo.
  • Quitarle responsabilidad por tareas rutinarias o incluso asignarle ningún trabajo con el fin de que ‘se canse y se vaya’.
  • Inducirlo en el error profesional para después acusarlo de negligencia o fallas.

Si eres víctima de acoso laboral en México o conoces a alguien que esté sufriendo esta situación, debes saber que existen varias Instituciones del Gobierno y leyes que te protegen en los diferentes casos.