El Senado de la República aprobó el 22 de marzo de 2023 por unanimidad, con 86 votos a favor, una reforma a la Ley de General de los Derechos de niñas, niños y adolescentes, para crear el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias o de deudores alimentarios.

Con esta modificación, se harán públicos los nombres de las personas deudoras o morosas de la respectiva pensión alimenticia, con lo cual, las autoridades de los tres órdenes de gobierno deberán establecer como requisito, la presentación del certificado de no inscripción en dicho registro para realizar trámites y procedimientos como:

  • INE o Credencial de Elector,
  • Licencias y permisos para conducir,
  • Pasaporte o documento de identidad y de viaje,
  • Los realizados ante notario público relativos a la compra-venta de inmuebles,
  • Y la constitución o transmisión de derechos reales.

Además, tampoco podrán participar como candidatos a cargos de elección popular, ni en procesos de selección para asumir el cargo de personas juzgadoras en el ámbito local y federal (jueces, magistrados o ministros).

También se requerirá dicho certificado en las solicitudes de matrimonio,  y se prevén medidas de restricción migratoria, con el objeto de impedir que las personas inscritas en dicho registro puedan salir del país cuando sean deudores alimentarias morosas, así como cuando existan los medios de prueba para determinar la existencia de un riesgo importante de que su salida del país se utilice como un medio de evasión del pago de la deuda.

Argumentos para aprobar el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias

En conferencia de prensa, para dar a conocer el resultado de la votación, la senadora Olga Sánchez Cordero, presidenta de la Comisión de Justicia, dijo que el dictamen responde a la obligación del Estado mexicano de garantizar la satisfacción de las necesidades alimentarias de las niñas, niños y adolescentes.

La pensión alimenticia, señaló, es un tema al que se le debe fortalecer su ejecución y garantizar su oportuno cumplimiento de manera homologada en todo el país.

Por su parte, la presidenta de la Comisión de Estudios Legislativos Primera, Mayuli Latifa Martínez Simón, expresó que, de cada 10 divorcios, siete padres no cumplen con la pensión alimenticia, lo que se convierte en un problema grave que requiere de soluciones, “pues es alarmante que los hijos padezcan estas indiferencias de los padres que no desean hacerse responsables de los gastos básicos”.

En tanto, la senadora Josefina Vázquez Mota, del PAN, manifestó que, cuando los menores no reciben pensión alimenticia, muchas veces se ven obligados a trabajar y a dejar sus estudios, por lo que, con esta reforma, “hoy se les termina la impunidad a los deudores alimentarios”.

En su turno, la senadora Geovanna Bañuelos de la Torre, del PT, indicó que 7 de cada 10 madres solteras no reciben pensión alimenticia y una de cada 10 mujeres que demanda lo consigue, por lo que este dictamen garantiza el derecho a los alimentos de uno de los sectores más vulnerables del país.

¿Qué es el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias?

El Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias será un padrón de carácter público, en el cual aparecerán todas las personas deudoras de pensión alimenticia en México.

Un deudor de pensión alimenticia es todo aquel que, estando obligado por la ley, a proporcionar alimentos a menores de edad ha dejado de cumplir con esa obligación por cierto periodo de tiempo.

Al aparecer en dicho registro, las personas deudoras de pensión alimenticia tendrán como sanción no poder realizar diversos trámites, salir del país, ni tampoco efectuar algunos procedimientos legales. Pues, a partir de la entrada en vigor del padrón, las autoridades a nivel nacional solicitarán un certificado que corrobore que los interesados no están inscritos en él.

Deudores alimentarios no podrán tramitar INE, pasaporte, ni licencia entre otros
Imagen: Senado de México