Desde el 23 de octubre de 2019, las empresas mexicanas están obligadas a frenar acciones que generen estrés, sobrecarga de trabajo, violencia, acoso y traumas por actos delictivos, pues en todos los centros de trabajo se viven factores que ponen en riesgo la salud emocional de los trabajadores.
De acuerdo con el DOF, la NORMA Oficial Mexicana NOM-035-STPS-2018, Factores de riesgo psicosocial en el trabajo-Identificación, análisis y prevención, tiene como objetivos identificar y prevenir factores de riesgo psicosocial, así como para promover un entorno organizacional favorable en los centros de trabajo.
Así, todas las empresas que cuenten con más de 50 empleados y que no cuiden y presenten los factores de riesgo psicosocial a que pudieran estar sujetos sus trabajadores, podrían ser sancionadas con multas de 200 mil y hasta tres millones de pesos.
Para ello, toda empresa deberá crear para este año una política corporativa en la cual se deberá determinar las conductas que tiene la compañía en temas de prevención de riesgos psicosociales.
Desde julio de 2019, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) capacita a inspectores y unidades de verificación para la aplicación de la NOM 035.
La NOM-035-STPS-2018 define factores de riesgo psicosocial como los causantes de estrés, estrés grave y violencia laboral, que pueden ocasionar en los empleados un desgaste profesional, que este año fue integrado a la Clasificación Internacional de Enfermedades elaborado por la Organización Mundial de la Salud y que, se acordó, entrará en vigor en enero de 2022.
Informes de la Organización de las Naciones Unidas colocan a México como el país con más alto porcentaje de estrés laboral.